Tribunal Administrativo de Cundinamarca decreta acumulación de procesos por nulidad electoral en nombramiento diplomático
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:25:27
Contexto y antecedentes procesales
La Sección Primera, Subsección “A”, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca conoció dos procesos de nulidad electoral relacionados con el nombramiento provisional de un funcionario como Consejero de Relaciones Exteriores en el Consulado General Central en Nueva York. Las demandas fueron interpuestas por dos asociaciones de funcionarios diplomáticos, argumentando que el nombramiento fue realizado sin respetar el principio de mérito y que la persona nombrada no cumplía con los requisitos legales para el cargo. El primer proceso fue admitido en marzo de 2024 y el segundo en mayo de 2025. Ambos demandan la anulación del Decreto que formalizó dicho nombramiento, señalando infracciones a disposiciones constitucionales y reglamentarias, particularmente a los artículos 29 y 125 de la Constitución Política, y varios artículos del Decreto Ley 274 de 2000. Las demandas invocan como causal principal la infracción de normas que regulan la carrera diplomática y consular.Fundamentos y consideraciones de la providencia
El Magistrado Ponente a cargo del primer proceso, tras recibir la remisión del segundo expediente, analizó la viabilidad de acumular ambos casos. Para ello, se atendió a los requisitos establecidos en el artículo 282 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA), que regula la acumulación de procesos en materia electoral. Dicho precepto establece que deben unificarse en una sola sentencia los procesos que impugnen un mismo nombramiento o elección, siempre que compartan el mismo demandado y causales similares. Además, prevé procedimientos específicos para la acumulación, incluyendo la fijación de avisos y la convocatoria a diligencias de sorteo para asignar el magistrado ponente...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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