Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma suspensión provisional en nulidad electoral sobre designación en carrera diplomática
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:28:16
Contexto y competencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección "C", fue el encargado de resolver el recurso de reposición contra el auto interlocutorio que decretó la medida cautelar en un proceso de nulidad electoral. La demanda fue interpuesta por la Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular (UNIDIPLO) contra el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Presidencia de la República. La demanda cuestiona la designación provisional de un segundo secretario en la Embajada de Colombia ante la República de Costa Rica, establecida mediante decreto expedido a comienzos de 2025.Antecedentes procesales
El proceso inició en marzo de 2025 con la presentación de la demanda. El tribunal admitió la demanda y decretó la suspensión provisional del acto administrativo en julio de 2025, medida que fue notificada personalmente. Posteriormente, la Presidencia de la República interpuso un recurso de reposición contra esta medida cautelar, argumentando la improcedencia de la suspensión debido a la ausencia de pruebas directas y claras, la falta de contradicción con norma superior, y la inexistencia de un perjuicio grave que justificara la medida.Consideraciones del tribunal
El tribunal reafirmó su competencia para conocer el recurso, conforme al artículo 125 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), y reconoció la oportunidad del mismo conforme al artículo 318 del Código General del Proceso (CGP). Aunque inicialmente se había considerado que los autos que dictan medidas cautelares no eran susceptibles de recurso, la Subsección cambió su postura para alinearse con la mayoría de la Sección Primera, quien aplica el artículo 277 de la Ley 1437 de 2011. Este precepto legal establece que...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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