Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Primera, mediante un auto fechado el 14 de agosto de 2025, declaró la inadmisión de una demanda interpuesta en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho sin cuantía. La acción buscaba la nulidad de los actos administrativos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional que negaron la convalidación de un título de maestría en educación otorgado por una universidad extranjera, y que posteriormente resolvieron recursos de reposición y apelación.
Antecedentes fácticos y procesales
La parte demandante, a través de su apoderado judicial, presentó la demanda contra el Ministerio de Educación Nacional para impugnar tres resoluciones que negaron la convalidación del título académico. Inicialmente, el conocimiento del proceso fue asignado a una sección del Consejo de Estado, que declaró su falta de competencia y remitió el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Al revisar el expediente, el magistrado ponente designado identificó que la demanda no cumplía con los requisitos legales para su admisión.
Consideraciones de la providencia
El Tribunal fundamentó la inadmisión en dos aspectos esenciales:
- Falta de agotamiento del requisito de conciliación extrajudicial: Según el numeral 1° del artículo 161 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA), es indispensable acreditar que se intentó la conciliación antes de interponer la demanda. En este caso, no se aportó constancia alguna que demostrara este requisito.
- Inadecuada notificación a las partes: Conforme al numeral 8° del artículo 162 del CPACA, adicionado por el artículo 35 de la Ley 2080 de 2021, se requiere aportar las constancias de envío de la demanda y sus anexos a la entidad demandada, a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y al agente del Ministerio Público. El expediente carecía de estas pruebas fundamentales para el debido proceso.
Por lo tanto, se ordenó a la parte demandante subsanar estas deficiencias procesales para continuar con el trámite judicial.
Implicaciones procesales
Esta decisión reafirma la importancia del cumplimiento riguroso de los requisitos formales y procesales en los procesos judiciales administrativos. La conciliación extrajudicial, como mecanismo de solución previa de conflictos, es una exigencia legal que busca la eficiencia y la posibilidad de resolver controversias sin llegar a instancias judiciales. Asimismo, la correcta notificación garantiza el derecho a la defensa y la transparencia procesal.
El auto emitido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca es una muestra de la estricta observancia de las normas procesales contenidas en la legislación administrativa colombiana, destacando la aplicación concreta de los artículos 161 y 162 del CPACA, junto con la Ley 2080 de 2021.
Conclusión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca inadmitió la demanda por falta de cumplimiento de requisitos esenciales, ordenando a la parte demandante corregir las fallas procesales para poder avanzar en el proceso judicial. Esta providencia pone de manifiesto la relevancia del respeto a los procedimientos establecidos para la tutela efectiva de los derechos en materia administrativa, y subraya la necesidad de cumplir con los mecanismos de conciliación y notificación para garantizar el debido proceso y la seguridad jurídica en los asuntos relacionados con la convalidación de títulos extranjeros.