Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma procedencia de acción popular para protección de derechos colectivos frente a actividad minera
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:35:36
Contexto y tribunal competente
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera – Subsección C, con sede en Bogotá, conoció el recurso de reposición interpuesto contra el auto que admitió una acción popular presentada por una asociación ambiental. La demanda se dirige contra la Nación – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Corporación Autónoma Regional de Boyacá y la Agencia Nacional de Minería, cuestionando la posible prórroga de un contrato de concesión minera en una zona ecológica protegida.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso inició con la admisión de la acción popular, en la cual se alegó la amenaza y vulneración de derechos colectivos relacionados con el medio ambiente y el orden económico local, por la actividad minera en una zona declarada área protegida. Posteriormente, la empresa concesionaria interpuso un recurso de reposición solicitando la revocatoria del auto admisorio, argumentando que la acción popular no sería el medio procesal adecuado para cuestionar actos administrativos o contratos estatales, y que en tal caso debía inadmitirse la demanda. El recurso fue presentado dentro del término legal y notificado correctamente a las partes involucradas, quienes tuvieron oportunidad de presentar sus observaciones.Consideraciones del tribunal y fundamentos jurídicos
El Tribunal confirmó que el recurso de reposición fue presentado oportunamente y que el traslado a las partes fue realizado conforme a la ley. En cuanto al fondo, el tribunal destacó que la acción popular no pretende anular el contrato de concesión minera ni su eventual prórroga, sino proteger los derechos colectivos afectados o amenazados por la actividad minera en el área protegida. Se enfatizó que, conforme al artículo 144 del Código de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias