Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechaza demanda sobre protección de derechos colectivos en contexto de participación democrática
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:40:26
Providencia judicial y tribunal competente
La providencia en cuestión es un auto emitido el 14 de agosto de 2025 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B. El magistrado ponente fue el encargado de resolver la admisión de una demanda presentada en ejercicio de la acción popular para la protección de derechos e intereses colectivos.Antecedentes fácticos y procesales
Una fundación dedicada al Estado de Derecho interpuso una demanda contra el Presidente de la República y varios ministerios —Interior, Trabajo, Hacienda y Crédito Público— alegando vulneración de derechos colectivos como la moralidad pública, el acceso a servicios públicos y el patrimonio público. La demanda se fundamentaba en la supuesta irregularidad y uso indebido por parte del Ejecutivo de mecanismos de participación democrática, la presión a otras ramas del poder público, la violación del principio de separación de poderes, la inobservancia del deber de neutralidad política de altos funcionarios, y la desnaturalización de los canales constitucionales para reformas, entre otras conductas. El tribunal inadmitió inicialmente la demanda el 23 de julio de 2025, otorgando a la parte demandante un plazo de tres días para subsanar los defectos señalados, conforme al artículo 20 de la Ley 472 de 1998. En su escrito de subsanación, la fundación precisó los derechos colectivos que pretendía proteger y aclaró sus pretensiones, aunque no logró superar todos los reparos del tribunal.Consideraciones principales de la decisión
El tribunal destacó varios aspectos esenciales para fundamentar la decisión de rechazo:- Objeto y procedencia de la acción popular: Se observó que la demanda pretendía el estudio de legalidad de actos administrativos de carácter general —como...
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