Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite acción de cumplimiento contra UGPP por presunto incumplimiento normativo
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:46:9
Contexto y tribunal competente
La providencia corresponde a un auto emanado por la Sección Primera, Subsección B, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, autoridad encargada de conocer la acción de cumplimiento en primera instancia. El magistrado ponente designado para el caso es el responsable de decidir sobre la admisión de la demanda presentada.
Antecedentes del proceso
Mediante escrito presentado el 19 de agosto de 2025, la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) inició una acción de cumplimiento contra la UGPP, entidad pública encargada de la gestión de pasivos pensionales y contribuciones parafiscales, por presunto incumplimiento de un mandato legal establecido en el artículo 24 de la Ley 100 de 1993. El proceso fue radicado en la plataforma de demandas en línea y, tras el reparto correspondiente, fue asignado al magistrado ponente el mismo día.
Consideraciones y fundamentos de la decisión
El tribunal verificó que la demanda cumple con los requisitos legales para su admisión. El auto destaca que la acción de cumplimiento es procedente para exigir el cumplimiento de mandatos legales expresos, en este caso, relacionados con el régimen de seguridad social.
En consecuencia, el tribunal dispuso notificar personalmente al Director General de la UGPP o a su representante legal, entregándole copia de la demanda y anexos conforme a lo establecido en la Ley 393 de 1997 y la Ley 2080 de 2021, que regula aspectos procesales de notificación y prácticas probatorias. Se le informó que tiene un plazo de tres días para hacerse parte en el proceso y presentar o solicitar pruebas que considere pertinentes.
Además, el tribunal señaló que la decisión final sobre el fondo del asunto se emitirá dentro de un término máximo de veinte días, garantizando así la celeridad propia de esta acción constitucional. Los documentos aportados con la demanda fueron aceptados como pruebas para el trámite.
Finalmente, el auto indica que, una vez ejecutoriada esta providencia y cumplidas las notificaciones, el expediente regresará al despacho para continuar con el trámite judicial correspondiente.
Aspectos procesales adicionales
El magistrado ponente advirtió la posibilidad de acumular este proceso con otro similar presentado por la misma AFP contra la UGPP por el mismo presunto incumplimiento legal, pero referido a otro afiliado distinto. Esta acumulación buscaría optimizar el trámite y evitar decisiones contradictorias, dada la identidad de partes y pretensiones conexas.
Conclusión
Este auto admisorio refleja la vigencia y aplicación efectiva de la acción de cumplimiento para garantizar que las entidades públicas cumplan con los mandatos legales en materia pensional. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca establece así un procedimiento ágil para resolver controversias sobre el cumplimiento normativo de la UGPP, en defensa de los derechos de los afiliados del sistema de seguridad social, asegurando transparencia y cumplimiento en la gestión pública.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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