Tribunal Administrativo de Cundinamarca declara terminación de proceso ejecutivo por pago total de obligación
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:47:13
Contexto y antecedentes del proceso
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección “B”, conoció el proceso ejecutivo iniciado contra la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). El proceso fue interpuesto por un particular, quien solicitó el pago de intereses moratorios derivados de una sentencia previa emitida por esa misma Sala en 2013. En noviembre de 2016, el Tribunal libró mandamiento de pago a favor del demandante y en contra de la UGPP, por un monto superior a un millón de pesos, correspondiente a intereses moratorios. Posteriormente, en 2018, se realizó audiencia inicial y se dictó sentencia que ordenó continuar la ejecución conforme al mandamiento. En agosto de 2021, se determinó un saldo insoluto por intereses moratorios de aproximadamente ciento cincuenta mil pesos. La entidad ejecutada realizó depósitos judiciales por valores que suman dicho saldo, efectuados entre 2018 y 2022. Ante este cumplimiento, el ejecutante no realizó pronunciamiento alguno y, en agosto de 2025, se ordenó la prescripción de los títulos correspondientes.Consideraciones jurídicas de la providencia
El auto emitido el 22 de agosto de 2025 se fundamenta en el artículo 461 del Código General del Proceso (CGP), que regula la terminación del proceso ejecutivo por pago de la obligación. Esta norma establece que si el ejecutante o su apoderado acreditan el pago total de la obligación y costas antes de la audiencia de remate, el juez debe declarar terminado el proceso, disponiendo la cancelación de embargos y secuestros si no hay remanente embargado. En este caso, el Tribunal verificó que la UGPP cumplió con el pago total...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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