Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena reliquidación de asignación de retiro para miembro de la Justicia Penal Militar
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:48:2
Contexto y competencia
La providencia fue emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección A, a través de una sentencia en segunda instancia dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. La demanda fue interpuesta por un oficial del cuerpo administrativo que prestó servicios en la Justicia Penal Militar, contra la Nación, representada por el Ministerio de Defensa – Armada Nacional y la Caja de Sueldo de Retiro de las Fuerzas Militares (CREMIL).Antecedentes de la controversia
El actor, vinculado inicialmente como abogado a la Armada Nacional y posteriormente incorporado al escalafón de oficiales, desempeñó varios cargos en la Justicia Penal Militar durante un período que abarca desde finales de 1988 hasta su retiro en 2015. A lo largo de su carrera, devengó haberes con base en el grado militar y las primas militares correspondientes. Posteriormente, solicitó la reliquidación de su asignación de retiro, cesantías e indemnización por pérdida de capacidad laboral, alegando que estas prestaciones fueron calculadas incorrectamente sobre el grado militar y no sobre el salario básico correspondiente al cargo judicial que desempeñó. Argumentó que, conforme a la legislación vigente y la jurisprudencia, debía reconocerse como base salarial el salario del cargo judicial y no el grado militar, incluyendo primas y bonificaciones propias de la Justicia Penal Militar. Las entidades demandadas se opusieron, señalando que el régimen aplicable era el establecido para el personal militar, y que no correspondía reconocer prestaciones adicionales o diferentes a las previstas en el Decreto 4433 de 2004 y normas conexas. Además, argumentaron que algunos actos administrativos no eran susceptibles de control judicial...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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