Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega ampliación de términos para recurso de apelación en proceso contra Ministerio de Relaciones Exteriores
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:49:26
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida por la Sección Segunda, Subsección “C” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, instancia encargada de resolver recursos en materia administrativa. El proceso judicial tiene como parte demandada al Ministerio de Relaciones Exteriores y se encuentra en la fase de apelación contra una sentencia que negó las pretensiones iniciales.
Antecedentes fácticos y procesales
La parte actora interpuso recurso de apelación frente a la sentencia emitida el 11 de junio de 2025, la cual fue notificada el 13 de junio del mismo año a través de correo electrónico. Posteriormente, el apoderado solicitó la ampliación del término para estudiar dicho fallo y sustentar el recurso, alegando fuerza mayor por el fallecimiento de un familiar cercano y problemas de salud que requirieron hospitalización durante el periodo en que corría el plazo para apelar. Se adjuntaron documentos como historias clínicas y certificaciones médicas para sustentar estos hechos.
Consideraciones jurídicas de la decisión
El Tribunal fundamentó su decisión en el artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que establece un término perentorio e improrrogable de diez días para interponer y sustentar el recurso de apelación contra sentencias. Dicho plazo comenzó a correr desde el 18 de junio y venció el 3 de julio de 2025.
Para analizar la petición de ampliación, el Tribunal aplicó la definición legal de fuerza mayor o caso fortuito contenida en el artículo 64 del Código Civil, que exige la concurrencia simultánea de imprevisibilidad e irresistibilidad para que un hecho pueda ser considerado como tal. Además, se tuvo en cuenta la jurisprudencia administrativa que requiere...
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