Admisión de recurso de apelación en proceso ejecutivo contra entidad administrativa de pensiones
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:54:54
Providencia judicial en segunda instancia
La Sala Segunda del Tribunal Administrativo de Girardot, en segunda instancia procesal, admitió el recurso de apelación presentado en contra de la sentencia emitida por el Juzgado Administrativo Oral del Circuito de Girardot. La providencia en cuestión corresponde a un auto que resuelve la admisión del recurso, dando paso al trámite correspondiente conforme a la Ley 1564 de 2012.Contexto fáctico y procesal
En primera instancia, el juzgado analizó un proceso ejecutivo promovido por una ciudadana contra la Unidad Administrativa Especial de Pensiones del Departamento de Cundinamarca. La sentencia del 8 de mayo de 2025 declaró probada la excepción de pago planteada por la entidad ejecutada, mientras que rechazó la excepción de prescripción. Como resultado, se dio por terminado el proceso sin imponer costas procesales. Dado este fallo, la parte ejecutante interpuso recurso de apelación dentro del término legal, el cual fue presentado y sustentado a través de la ventanilla virtual dispuesta para tales efectos. La Sala Segunda procedió a verificar el cumplimiento de los requisitos legales para su admisión.Consideraciones jurídicas y razón principal de la decisión
El tribunal concluyó que el recurso de apelación cumple con los requisitos formales y sustanciales contemplados en el artículo 322 de la Ley 1564 de 2012, y que fue interpuesto oportunamente. En consecuencia, se admitió el recurso y se ordenó continuar con el trámite procesal conforme a lo previsto en el artículo 327 de la misma norma. La Sala destacó la importancia de atender los principios constitucionales de celeridad, eficacia y economía procesal en la administración de justicia, especialmente en medios de control como...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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