Tribunal Administrativo de Sucre confirma inaplicación parcial del Decreto 383 de 2013 sobre Bonificación Judicial
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 18:13:38
Tribunal y naturaleza de la providencia
La Sala Tercera de Decisión del Tribunal Administrativo de Sucre resolvió en segunda instancia un recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado Administrativo Transitorio del Circuito de Montería, proferida el 29 de julio de 2022. La providencia adoptada es una sentencia que confirma de manera integral la decisión apelada en relación con la Bonificación Judicial establecida en el Decreto 383 de 2013 y sus modificaciones.Antecedentes fácticos y procesales
La acción judicial fue interpuesta mediante medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho por una servidora pública de la Rama Judicial, quien solicitó la inaplicación por inconstitucional de la expresión contenida en el artículo 1° del Decreto 383 de 2013, que limita la Bonificación Judicial como factor salarial exclusivamente para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Asimismo, pidió la nulidad de una resolución administrativa que negó la solicitud de reliquidación y pago de prestaciones sociales incluyendo la Bonificación Judicial, y la condena a la Nación – Rama Judicial para que reliquide y pague las prestaciones sociales con inclusión de dicha bonificación desde enero de 2013. La entidad demandada se opuso argumentando que la Bonificación Judicial constituye factor salarial únicamente para efectos de base de cotización, conforme al marco normativo vigente y la jurisprudencia constitucional, y que la modificación del régimen salarial es competencia exclusiva del Gobierno Nacional. En primera instancia, el juzgador accedió parcialmente a las pretensiones, declarando la inaplicación por inconstitucionalidad de la limitación contenida en el Decreto 383 de 2013 y ordenando la reliquidación...Más noticias sobre Derecho Laboral
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