Consejo de Estado confirma inaplicación parcial del Decreto 383 de 2013 sobre bonificación judicial como factor salarial
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 18:16:41
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial fue emitida por la Sala Tercera de Decisión del Tribunal Administrativo de Sucre en segunda instancia, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. Se analizó el recurso de apelación interpuesto por la Nación - Rama Judicial contra la sentencia proferida por el Juzgado Administrativo del Circuito, que accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda.Antecedentes fácticos y procesales
Un funcionario de la Rama Judicial presentó demanda contra la Nación - Rama Judicial, solicitando la inaplicación por inconstitucionalidad de la frase contenida en el artículo 1º del Decreto 383 de 2013, que limita la bonificación judicial como factor salarial solo para la base de cotización a pensiones y salud. Además, solicitó la nulidad de un acto administrativo que negó la reliquidación de prestaciones sociales con inclusión de dicha bonificación y que se condenara a la entidad a realizar la reliquidación y pago correspondiente. El demandante argumentó que la bonificación judicial, creada para nivelar los salarios de los servidores judiciales, debe ser considerada como factor salarial para la liquidación de todas las prestaciones sociales, en respeto a derechos adquiridos y principios constitucionales como la progresividad y la irrenunciabilidad del salario. La Nación - Rama Judicial, en su defensa, sostuvo que la bonificación judicial tiene carácter salarial únicamente para efectos de la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud, conforme a la Ley 4 de 1992 y los decretos expedidos por el Gobierno Nacional. También invocó jurisprudencia constitucional que respalda la potestad del legislador para...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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