Contexto y marco normativo
El proyecto de decreto, anunciado en 2025 por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se propondría reglamentar los artículos 7°, 9°, 10°, 11°, 23°, 24° y 58° de la Ley 2079 de 2021. Esta ley, que dictó disposiciones en materia de vivienda y hábitat, había introducido importantes modificaciones para promover el acceso a vivienda digna, en cumplimiento del mandato constitucional que reconoce este derecho a todos los colombianos. Además, el proyecto modificaría y adicionaría disposiciones del Decreto 1077 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, consolidando así el marco regulatorio del sector.
El anuncio del proyecto seguiría una orden judicial emanada del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, que confirmó la necesidad de reglamentar dichos artículos para garantizar el cumplimiento de la Ley 2079 de 2021.
Propósito y alcance del proyecto
El proyecto de decreto tendría como propósito principal facilitar el acceso y la financiación de vivienda de interés social, tanto urbana como rural, mediante la definición de tasas de interés preferenciales, plazos máximos de crédito, garantías y mecanismos innovadores para destinar recursos de arrendamiento a la adquisición de vivienda. Estaría dirigido a hogares colombianos que buscan soluciones habitacionales adecuadas y sostenibles.
Además, se enfocarían medidas específicas para apoyar a la población rural, promoviendo proyectos tipo financiados con recursos del Sistema General de Regalías y el acceso a instrumentos financieros adaptados a sus necesidades.
Modificaciones y nuevas disposiciones propuestas
Entre las principales modificaciones que incluiría el proyecto, se encontrarían:
- Regulación de tasas de interés: Las tasas de interés para créditos hipotecarios y leasing habitacional otorgados por el Fondo Nacional del Ahorro para vivienda de interés social no podrían ser mayores o iguales a las ofrecidas por otras entidades financieras, siempre que no comprometan la sostenibilidad financiera del fondo.
- Plazos máximos de financiamiento: Se establecería un plazo máximo de treinta años para créditos de vivienda individual, con un plazo mínimo de amortización de cinco años.
- Financiación de garantías: El Ministerio y el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) podrían financiar garantías otorgadas por el Fondo Nacional de Garantías (FNG) para operaciones de crédito hipotecario y leasing habitacional, con condiciones específicas a definir mediante resolución.
- Bonos hipotecarios y subsidios: Se reglamentaría el otorgamiento de garantías para bonos hipotecarios y títulos de titularización, así como el uso de recursos del subsidio familiar para apoyar estas garantías o cubrir cuotas y cánones de arrendamiento.
- Proyectos tipo para vivienda rural: Se permitiría la formulación de proyectos de vivienda rural a partir de diseños tipo que consideren condiciones socioculturales y necesidades básicas, con lineamientos específicos para regiones como el Paisaje Cultural Cafetero.
- Promoción de instrumentos financieros en zonas rurales: Se impulsaría el acceso a crédito hipotecario y leasing habitacional para hogares rurales, en coordinación con entidades del gobierno y el sector financiero.
- Instrumentos para destinar recursos de arrendamiento a la compra de vivienda: Se habilitarían programas y mecanismos para que los recursos provenientes de contratos de arrendamiento puedan ser utilizados en la adquisición de vivienda, sujetos a disponibilidad de recursos y políticas gubernamentales.
Acciones y supervisión
El proyecto establecería que las condiciones para la aplicación de estas medidas, así como los límites y requisitos para beneficiarios y operaciones, serían definidos mediante actos administrativos y resoluciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Asimismo, la coordinación con entidades como el Fondo Nacional de Ahorro, el Fondo Nacional de Garantías, el Fondo Nacional de Vivienda y el Departamento Nacional de Planeación sería fundamental para la implementación de las políticas propuestas.
Participación ciudadana y acceso al proyecto
Aunque el proyecto aún no estaría vigente, se esperaría que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio pusiera a disposición el texto completo para consulta pública y estableciera un periodo para recibir observaciones o aportes de ciudadanos, organizaciones y sectores involucrados. Los interesados podrían acceder a la información a través de los canales oficiales del Ministerio y participar en el proceso de elaboración normativa.
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Este proyecto de decreto buscaría consolidar y complementar el marco regulatorio vigente en materia de vivienda social en Colombia, avanzando en la reglamentación de la Ley 2079 de 2021 con medidas orientadas a mejorar el acceso y la financiación de soluciones habitacionales para diversos sectores de la población. Se espera que su implementación contribuya a reducir las brechas habitacionales y promueva el desarrollo sostenible en las zonas urbanas y rurales del país.