Tribunal Superior de Bogotá niega acción de tutela interpuesta por entidad de pensiones contra juzgados civiles y otras entidades
Proviene de: Sentencias
4 de septiembre de 2025 10:32:39
Contexto y competencia del tribunal
La providencia fue emitida por la Sala Cuarta de Decisión Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en segunda instancia, luego de analizar la queja constitucional instaurada contra los Juzgados Primero del Circuito y Doce Municipal, ambos especializados en ejecución de sentencias civiles, así como contra una compañía de seguros y una empresa dedicada a la capacitación y consultoría en tecnología de la información. La competencia para conocer del caso se basó en lo establecido en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991 y el numeral 5 del artículo 1 del Decreto 333 de 2021, dado que la acción de tutela se dirigió contra autoridades judiciales.Antecedentes fácticos y procesales
La entidad administradora de pensiones promovió la acción de tutela en defensa de los derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, igualdad y defensa, que consideró vulnerados por una sentencia y un auto proferidos en un proceso de tutela instaurado por un afiliado contra dicha entidad, en el cual se le ordenó reconocer y pagar una pensión de invalidez. La controversia surgió debido a la negativa inicial de la entidad a otorgar esta pensión, fundamentada en la insuficiencia de semanas cotizadas según la ley vigente, y la posterior concesión del amparo en segunda instancia judicial, decisión que la entidad intentó impugnar mediante la tutela objeto de análisis. El afiliado alegó incapacidad laboral parcial y enfermedad terminal, y denunció la omisión del empleador en el pago de las cotizaciones que impedía cumplir los requisitos para acceder a la pensión. Por su parte, la...Más noticias sobre Derecho Civil
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