Tribunal Superior de Bogotá niega acción de tutela contra Juzgado Civil por entrega de bienes rematados
Proviene de: Sentencias
4 de septiembre de 2025 10:37:0
Providencia judicial y tribunal competente
La providencia objeto de análisis es un auto emitido el 27 de agosto de 2025 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Sexta de Decisión Civil. Este tribunal actúa en segunda instancia y como juez constitucional en la revisión de acciones de tutela contra decisiones judiciales emanadas de juzgados civiles. En el caso específico, la acción de tutela fue instaurada contra el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bogotá.Antecedentes fácticos y procesales
El accionante, quien ostenta la calidad de poseedor legítimo de dos predios identificados mediante folios de matrícula inmobiliaria, solicitó tutela alegando vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia. La controversia surge a raíz de una diligencia de remate en la que los bienes fueron adjudicados a una entidad financiera, ordenándose la entrega de los inmuebles sin que el accionante fuera notificado oportunamente ni se considerara su oposición. En el proceso ordinario, el juzgado de ejecución de sentencias desestimó el incidente de oposición presentado, decisión frente a la cual el accionante no interpuso recurso alguno. Posteriormente, se fijó fecha para la entrega material de los bienes. Frente a estas actuaciones, el poseedor acudió a la acción de tutela para suspender la entrega y proteger sus derechos constitucionales.Consideraciones jurídicas y motivo principal de la decisión
El Tribunal Superior examinó la procedencia formal de la acción de tutela conforme a los requisitos establecidos por la Corte Constitucional, tales como legitimación activa y pasiva, relevancia constitucional, identificación razonable de los hechos, efecto decisivo de la irregularidad...Más noticias sobre Derecho Civil
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