Tribunal Superior de Bogotá deniega acción de tutela por falta de agotamiento de recursos ordinarios en proceso ejecutivo de alimentos
Proviene de: Sentencias
4 de septiembre de 2025 10:39:34
Providencia y contexto procesal
La Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, actuando en calidad de juez constitucional, profirió un auto el 27 de agosto de 2025 que denegó la acción de tutela presentada contra el Juez 1° Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bogotá. La tutela fue interpuesta con el fin de proteger derechos fundamentales como el debido proceso, defensa, acceso a la administración de justicia y derecho a alimentos, en el marco del proceso ejecutivo No. 11001 3103 036 2016 00156 00. El proceso inicial fue una demanda ejecutiva de alimentos contra un progenitor por incumplimiento de obligaciones pactadas en conciliación, cuyo trámite pasó por diversas instancias, incluyendo Juzgados de Familia y de Ejecución de Sentencias. Entre las diligencias relevantes se encuentran embargos sobre bienes muebles e inmuebles, secuestro y remate de vehículos, y la liquidación ejecutoriada de un crédito alimentario.Hechos relevantes y trámite judicial
La accionante, reconocida como tercera interesada en el proceso, presentó recurso de reposición contra un auto del 8 de mayo de 2025 que ordenó la distribución de dineros producto del remate de vehículos embargados. Este recurso fue presentado el 24 de julio de 2025, fuera del término legal establecido en el artículo 465 del Código General del Proceso (CGP), que fija un plazo de diez días contados a partir de la recepción del oficio que contiene la providencia. El Juez 1° Civil del Circuito rechazó de plano el recurso por extemporáneo mediante auto del 12 de agosto de 2025. Frente a esta decisión, la accionante interpuso la tutela, alegando vulneración de sus...Más noticias sobre Derecho Civil
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