Tribunal Superior de Bogotá admite y resuelve múltiples recursos en procesos laborales contra entidades de pensiones y seguridad social
Proviene de: Sentencias
4 de septiembre de 2025 11:12:2
Contexto y naturaleza de las decisiones
El Tribunal Superior de Bogotá, en su Sala Laboral, ha emitido durante agosto de 2025 una serie de autos y providencias en procesos ordinarios y ejecutivos laborales. Estos actos procesales principalmente admiten recursos de apelación y determinan la viabilidad o inadmisibilidad de recursos extraordinarios de casación contra sentencias de primera y segunda instancia. Estas providencias se dictan conforme a la normativa procesal laboral vigente, en especial el Código de Procedimiento del Trabajo y de la Seguridad Social (CPTSS) y las reformas introducidas por leyes recientes como la Ley 712 de 2001 y la Ley 2213 de 2022.
Antecedentes relevantes
Los procesos abordados giran en torno a reclamaciones por prestaciones laborales y pensionales, tales como reconocimiento de pensiones de invalidez, vejez o sobrevivientes; devolución de aportes o saldos de cuentas individuales; indemnizaciones por despidos sin justa causa; sanciones por incumplimiento en consignación de cesantías; y reclamos por intereses moratorios y reajustes salariales. Las partes recurrentes incluyen tanto afiliados o trabajadores como entidades públicas y privadas vinculadas al sistema de pensiones y seguridad social, entre ellas administradoras de fondos de pensiones (AFP), Colpensiones, cajas de compensación y empleadores.
En algunos casos, se presentan recursos por parte de entidades demandadas para impugnar condenas que incluyen obligaciones de hacer (como la actualización de historia laboral y aceptación de traslados entre regímenes pensionales), así como obligaciones de pago de prestaciones y liquidaciones actuariales. En otros, los trabajadores reclaman el reconocimiento de derechos y cuantías que les fueron negadas.
Consideraciones y fundamentos jurídicos
Un eje central en las providencias es el análisis del “interés económico” y...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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