Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La presente resolución fue emitida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural el 1° de septiembre de 2025, bajo el número 000289, y publicada en el Diario Oficial No. 53.232 el 3 de septiembre de 2025. Se trata de una modificación parcial a la Resolución número 161 de 20 de junio de 2024, que declaró las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA) en varios municipios del sur de La Guajira.
Tema principal y destinatarios
La resolución regula la delimitación y el uso de las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA) en los municipios de Barrancas, Distracción, El Molino, Fonseca, Hatonuevo, La Jagua del Pilar, San Juan del Cesar, Urumita y Villanueva. Su destinatario principal son las autoridades territoriales locales y regionales, así como actores públicos y privados involucrados en la planificación territorial y el desarrollo agropecuario, quienes deben incorporar estas disposiciones en sus políticas y planes de ordenamiento territorial.
Objetivo y finalidad
El objetivo de la resolución es proteger y mantener la capacidad productora de los suelos rurales en la región sur de La Guajira, garantizando el derecho humano a la alimentación y promoviendo la seguridad alimentaria. Para ello, se ajustan los límites geográficos de las APPA conforme a la actualización cartográfica oficial del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) y se establecen lineamientos técnicos para orientar el uso del suelo en función de su protección agroalimentaria.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución modifica los artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución 161 de 2024, estableciendo:
- La declaratoria de 79.782,15 hectáreas como APPA en los municipios indicados, excluyendo a Hatonuevo debido a que no cuenta con área productiva relevante para este fin.
- La zonificación espacial de las APPA, con áreas específicas asignadas a cada municipio, detalladas en un cuadro incluido en la normativa.
- La obligación de los municipios para reglamentar el uso del suelo dentro de estas áreas, en concordancia con los lineamientos técnicos y parámetros establecidos en el Documento Técnico de Soporte elaborado por la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria (UPRA).
- La incorporación de la información cartográfica en el Sistema de Información para la Planificación Rural Agropecuaria (SIPRA) y la actualización periódica en caso de cambios catastrales.
- La exclusión de la minería del numeral 8.4.3.1 y su inclusión en el numeral 10.10 del documento técnico, ampliando los lineamientos para el desarrollo de esta actividad económica y la infraestructura vial, servicios públicos y energía.
Base legal y marco normativo
La resolución se fundamenta en diversas disposiciones constitucionales y legales, entre ellas:
- Artículos 64 y 65 de la Constitución Política (modificados por actos legislativos recientes), que reconocen el campesinado como sujeto de derechos y establecen la garantía del derecho humano a la alimentación.
- Ley 2294 de 2023 que incorpora a las APPA como determinantes de ordenamiento territorial de nivel 2.
- Ley 388 de 1997 y su Decreto 3600 de 2007, que regulan el ordenamiento territorial y las determinantes de uso del suelo.
- Decreto Ley 4145 de 2011 que creó la UPRA y le asignó competencias para definir criterios técnicos en materia agropecuaria.
- Sentencias de la Corte Constitucional que establecen el equilibrio entre la autonomía territorial y la supremacía del Estado unitario en materia de ordenamiento territorial.
Modificaciones y vigencia
Esta resolución modifica parcialmente la Resolución 161 de 2024, ajustando la delimitación territorial, zonificación y lineamientos técnicos para la protección de las APPA en el sur de La Guajira. Los demás artículos de la resolución original permanecen vigentes sin cambios. Las modificaciones entran en vigor desde la publicación de esta resolución en el Diario Oficial.
Impacto potencial
La declaratoria y ajuste de las APPA representan una medida técnica y jurídica destinada a proteger el suelo rural apto para la producción de alimentos, asegurando la sostenibilidad ambiental, la seguridad alimentaria y el respeto a los derechos de las comunidades campesinas y rurales. Al establecer criterios claros y actualizados para el uso del suelo, la medida busca orientar tanto a las autoridades territoriales como a los productores y actores económicos, promoviendo un desarrollo agropecuario equilibrado y respetuoso de la autonomía local, en cumplimiento de la normativa nacional y los compromisos internacionales en materia de derechos humanos y medio ambiente.
De esta forma, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural reafirma su compromiso con el fortalecimiento del sector agropecuario y la protección ambiental, promoviendo un manejo responsable de los recursos naturales y asegurando que las futuras generaciones puedan contar con tierras productivas que garanticen su sustento y bienestar. Las autoridades locales y regionales tendrán un papel fundamental en la implementación efectiva de estas disposiciones, trabajando en coordinación con las comunidades y los actores productivos para alcanzar los objetivos planteados.