Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado en 2025 por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, reemplazaría el Título 6 de la Parte 12 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, que es el Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. Esta modificación también derogaría normas previas, tales como el Decreto 2377 de 1997 y el Decreto 321 de 2002. La iniciativa se enmarca en el cumplimiento del artículo 7 de la Ley 101 de 1993 y se alinea con principios constitucionales actualizados, como los establecidos en los artículos 64 y 65 de la Constitución Política, modificados por actos legislativos recientes.
Propósito y grupos beneficiarios
El propósito principal del proyecto sería establecer condiciones claras para el otorgamiento de incentivos y apoyos directos a productores agropecuarios, con especial énfasis en superar desigualdades, promover la distribución equitativa de cargas y beneficios, y fomentar la asociatividad de pequeños y medianos productores, así como de quienes practican la Agricultura Campesina, Familiar y Comunitaria (ACFEC). El decreto priorizaría a estos grupos, quienes deberían acreditar el cumplimiento de requisitos específicos para ser beneficiarios.
Modificaciones relevantes y requisitos
Entre las novedades planteadas, el proyecto definiría categorías claras para pequeños y medianos productores, basadas en patrimonio e ingresos declarados, e introduciría criterios de priorización que considerarían aspectos de género, intergeneracionales, territoriales, étnicos e interculturales, además de un enfoque de “acción sin daño” para evitar conflictos derivados de la política pública.
Los beneficiarios tendrían que estar registrados en la plataforma digital "Mi Registro Rural" y presentar información financiera y contable que acredite su calidad productiva. En caso de asociaciones, cada integrante debería cumplir con esta inscripción y aportar documentación legal actualizada.
Además, el Ministerio establecería planes de ordenamiento productivo que los beneficiarios deberían cumplir para acceder a los incentivos, con indicadores de seguimiento y sanciones en caso de incumplimiento.
Acciones y disposiciones específicas
El proyecto contemplaría tres grandes líneas para la entrega de incentivos y apoyos directos:
- Protección de recursos naturales: Incentivos para gestión hídrica responsable, sistemas de riego de precisión, prevención de degradación y desertificación de suelos, uso de bioinsumos, conservación de material vegetal nativo y promoción de conocimientos tradicionales.
- Protección del ingreso rural y soberanía alimentaria: Apoyos para mantener el abastecimiento de mercados locales y regionales, desarrollo de agricultura sostenible, fomento de sistemas agroecológicos y reducción de pobreza mediante generación de empleo y seguridad social integral.
- Mantenimiento de la paz social: Incentivos a emprendimientos rurales que contribuyan a la construcción del tejido social, reparación y reincorporación de actores del conflicto armado, y programas para superar afectaciones vinculadas a disturbios o eventos que comprometan la producción agropecuaria.
Los incentivos podrían entregarse en dinero, especie o mediante programas y alianzas productivas, a criterio del Ministerio o sus entidades adscritas.
Participación de actores clave
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural sería la entidad responsable de otorgar, coordinar y supervisar estos incentivos y apoyos, apoyado por su Viceministerio de Asuntos Agropecuarios y la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA), encargada de formular los planes de ordenamiento productivo pendientes.
Además, se contemplaría la participación de organizaciones de la cadena agropecuaria a nivel regional, y se priorizaría la inclusión de mujeres rurales, jóvenes, víctimas del conflicto armado y otros grupos vulnerables.
Fuentes de financiación y vigencia
Los recursos para financiar los incentivos y apoyos podrían provenir del Presupuesto General de la Nación, aportes de otras entidades públicas, cooperación internacional, fondos parafiscales agropecuarios y pesqueros, entre otros. Su entrega estaría sujeta a la disponibilidad presupuestal y al cumplimiento del marco fiscal vigente.
El proyecto de decreto regiría a partir de su publicación y sustituiría la normativa mencionada, quedando pendiente su aprobación definitiva para entrar en vigencia.
Acceso al proyecto y participación ciudadana
Conforme a la normatividad vigente, el proyecto habría sido publicado en el Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP) para recibir comentarios de la ciudadanía y grupos de interés. La participación ciudadana en esta etapa sería fundamental para aportar observaciones antes de su eventual adopción definitiva. Los interesados podrían consultar el texto completo y enviar sus aportes a través de los canales establecidos por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
De esta manera, el Ministerio busca garantizar un proceso transparente y participativo que permita afinar el decreto para que responda efectivamente a las necesidades del sector agropecuario, promoviendo un desarrollo rural integral, equitativo y sostenible.