UPME actualiza el registro de proyectos de generación eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional
Proviene de: Resoluciones
8 de septiembre de 2025 16:16:23
Entidades emisoras y contexto legal
La Resolución 000749, fechada el 3 de septiembre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.234, fue expedida por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto 2121 de 2023 y la Ley 143 de 1994. Esta normativa actualiza y reemplaza disposiciones anteriores contenidas en las Resoluciones UPME 0520 de 2007, 0638 de 2007 y 0143 de 2016. La UPME, como entidad responsable de la planeación integrada del sector minero energético, tiene entre sus funciones evaluar, analizar y registrar proyectos de generación eléctrica, conforme a la legislación vigente.Objeto y alcance de la resolución
El objetivo principal de esta resolución es establecer un procedimiento claro, actualizado y unificado para el registro de proyectos de generación, cogeneración, autogeneración, autogeneración remota y generación distribuida que operarán en el Sistema Interconectado Nacional. El registro es un mecanismo informativo esencial que permite a la UPME conocer las iniciativas existentes, facilitando así la planeación energética nacional y la formulación de políticas públicas. La norma aplica a todos los promotores interesados en registrar sus proyectos ante la UPME, siendo estos personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.Fases y requisitos para el registro
La resolución define tres fases de registro que reflejan el avance del proyecto:- Fase 1 - Prefactibilidad: Análisis inicial técnico, económico, legal y ambiental para determinar la viabilidad preliminar.
- Fase 2 - Factibilidad: Estudios detallados que permiten decidir la inversión para la ejecución.
- Fase 3 - Ingeniería de detalle: Diseño definitivo y autorización para la construcción y operación.
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