Contexto y antecedentes del conflicto
El Consejo de Estado, en su Sala de Consulta y Servicio Civil, atendió un conflicto negativo de competencias administrativas surgido entre dos entidades nacionales: la Procuraduría General de la Nación, a través de la Procuraduría Provincial de Instrucción de Barranquilla, y la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Atlántico. El conflicto se centró en determinar quién tenía la competencia para adelantar un proceso disciplinario contra un auxiliar de justicia —en específico, un secuestre— involucrado en presuntas irregularidades relacionadas con la movilización y explotación económica de un vehículo depositado en un proceso ejecutivo.
El Juzgado Quinto Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Barranquilla, al detectar las irregularidades, remitió copia del caso a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial. Sin embargo, esta última consideró que el asunto competía a la Procuraduría, basándose en precedentes que señalan que los auxiliares de justicia son particulares que ejercen funciones públicas temporales y no están sujetos a la competencia disciplinaria de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial ni sus seccionales. Por su parte, la Procuraduría devolvió el caso a la Comisión, alegando que la Ley 1952 de 2019 y sus modificaciones atribuyen a esta última la competencia para conocer los procesos disciplinarios contra auxiliares de justicia. Ante esta contradicción, se acudió al Consejo de Estado para dirimir la controversia.
Marco normativo y análisis jurídico
El auto emitido por la Sala se fundamenta en varias normas clave:
- Artículo 257A de la Constitución Política: establece que la Comisión Nacional de Disciplina Judicial ejercerá la función jurisdiccional disciplinaria sobre funcionarios y empleados de la Rama Judicial, pero no...