Consejo de Estado define competencia para pago de bono pensional en sector salud en Valle del Cauca
Proviene de: Sentencias
9 de septiembre de 2025 14:44:19
Contexto y naturaleza del proceso
El Consejo de Estado, en su Sala de Consulta y Servicio Civil, en ejercicio de las funciones previstas en la Ley 1437 de 2011 y su reforma, profirió un auto para resolver un conflicto negativo de competencias administrativas suscitado entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Empresa Social del Estado (ESE) Hospital San Roque de Guacarí y el departamento del Valle del Cauca. El asunto se refiere a la autoridad competente para tramitar y decidir de fondo la solicitud de reconocimiento y pago de un bono pensional por el tiempo laborado en el mencionado hospital público entre 1990 y 1991.Antecedentes fácticos y procesales
La ESE Hospital San Roque de Guacarí expidió una certificación electrónica de tiempos laborados que reconoció que la solicitante prestó servicios en dicha entidad durante el periodo señalado, señalando al departamento del Valle del Cauca como responsable del bono pensional. Por otro lado, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó una liquidación provisional del bono pensional y destacó que la ESE, en calidad de empleadora, debía presupuestar y pagar el bono hasta suscribir convenios de concurrencia con el ente territorial. Sin embargo, el departamento objetó la solicitud y manifestó que no le correspondía asumir esa obligación. Porvenir S.A., administradora de fondos de pensiones, presentó el conflicto negativo de competencias ante el Consejo de Estado para que se determinara la entidad responsable. Durante el trámite, el Ministerio y el departamento presentaron sus consideraciones, mientras que la ESE guardó silencio. El Ministerio sostuvo que la ESE debería iniciar el procedimiento especial para la suscripción...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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