Consejo de Estado ordena correr traslado de prueba documental en recurso extraordinario de revisión
Proviene de: Sentencias
9 de septiembre de 2025 14:46:30
Contexto y tribunal responsable
La providencia fue emitida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sala Especial de Decisión No. 14, en Bogotá D.C., dentro del trámite de un recurso extraordinario de revisión interpuesto contra una sentencia de la Sección Tercera, Subsección B. La decisión se basa en la Ley 1437 de 2011, que regula el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó con la presentación de un recurso extraordinario de revisión en respuesta a una sentencia que revocó una decisión de instancia anterior y negó las pretensiones de una demanda relacionada con una acción judicial contra la Nación, Ministerio de Defensa y Policía Nacional. La parte recurrente solicitó la admisión de diversas pruebas documentales, entre ellas copias de sentencias previas, procesos de reparación directa y decisiones relacionadas con acciones de tutela. También se requirió la incorporación de informes y testimonios vinculados a procesos penales conexos.
Durante el trámite, el despacho admitió el recurso, notificó a las partes y recibió conceptos del Ministerio Público. No obstante, algunas solicitudes probatorias fueron presentadas extemporáneamente en escritos de adición al recurso.
Consideraciones y fundamentos jurídicos
El Consejo de Estado recordó que el recurso extraordinario de revisión no constituye un mecanismo para reabrir debates propios de instancias previas ni para suplir insuficiencias probatorias o cuestionar fundamentos jurídicos ya establecidos. De acuerdo con la jurisprudencia consolidada, este recurso debe limitarse a verificar la existencia de causales específicas que justifiquen la revisión.
En consecuencia, el tribunal decidió admitir como prueba los documentos aportados con el recurso y su subsanación, asignándoles...
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