Consejo de Estado declara desacato y sanciona a directivos de Nueva EPS por incumplimiento en entrega de medicamentos
Proviene de: Sentencias
9 de septiembre de 2025 14:51:29
Tribunal e instancia procesal
La providencia fue emitida por la Sección Segunda, Subsección A de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el marco de un incidente de desacato derivado de una acción de tutela. El auto fue proferido el 21 de agosto de 2025 y tiene como objetivo resolver el incumplimiento de una orden judicial dirigida a la Nueva EPS.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó en una acción de tutela presentada por un paciente de 85 años con múltiples patologías crónicas, entre ellas insuficiencia renal, hipertensión, diabetes mellitus, antecedentes de uso prolongado de anticoagulantes, reemplazos de válvulas cardiacas e hipotiroidismo. Dicho paciente había sido prescrito una serie de medicamentos que la Nueva EPS debía suministrar mediante la Droguería Colsubsidio o un proveedor alternativo. El 3 de julio de 2025, la Subsección ordenó a la Nueva EPS realizar la entrega de los medicamentos en un plazo de 48 horas. Sin embargo, el paciente alegó que no había recibido los medicamentos y presentó un incidente de desacato el 2 de julio de 2025. Ante la falta de respuesta por parte de la entidad y sus representantes, se abrió el incidente de desacato y se requirió a los funcionarios responsables para que informaran sobre el cumplimiento de la orden, quienes guardaron silencio.Consideraciones y fundamentos de la decisión
El Consejo de Estado recordó que para declarar el desacato es necesario verificar:- Existencia y firmeza de un fallo estimatorio de tutela.
- Que la orden judicial esté pendiente de cumplimiento tras vencer el término otorgado.
- Que no exista justificación material para la omisión del cumplimiento.
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