Consejo de Estado niega medida cautelar contra resolución de vacancia en el Senado
Proviene de: Sentencias
9 de septiembre de 2025 14:52:11
Providencia emitida por el Consejo de Estado en instancia de medida cautelar
La Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en su Sala Veintidós Especial de Decisión, dictó el cinco de septiembre de 2025 un auto en respuesta a la solicitud de medida cautelar presentada por un particular. La providencia se pronunció sobre la suspensión provisional de los efectos jurídicos de la Resolución 029, expedida por la Mesa Directiva del Senado de la República, mediante la cual se declaró la vacancia absoluta de una curul por fallecimiento del titular y se ordenó el llamamiento para que otra persona ocupara dicha curul.Antecedentes fácticos y procesales
La medida cautelar de urgencia fue solicitada con el fin de suspender la resolución que declaró la vacancia absoluta en la curul del Senado y, en consecuencia, prohibir la posesión, el ejercicio y la ocupación material de la curul por parte de la persona designada para ocuparla. La solicitud se realizó el 29 de agosto de 2025 y se sustentó en la competencia del Consejo de Estado para decidir sobre medidas cautelares en procesos contenciosos administrativos.Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El tribunal recordó que las medidas cautelares, reguladas en el artículo 229 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), tienen por objeto salvaguardar el objeto del proceso y garantizar la eficacia de la sentencia definitiva. En este caso, la solicitud de suspensión se dirigía a un acto de llamamiento para ocupar la curul vacante, lo que no se ajusta a la naturaleza ni al alcance de la acción de pérdida...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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