Consejo de Estado confirma responsabilidad del Ejército Nacional por muerte de soldado en operativo militar
Proviene de: Sentencias
9 de septiembre de 2025 15:14:14
Tribunal y contexto procesal
La providencia fue proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera – Subsección B, del Consejo de Estado, en segunda instancia, mediante sentencia de apelación sobre la decisión inicial del Tribunal Administrativo del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. El proceso correspondió a una demanda de reparación directa contra la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, interpuesta por familiares del soldado fallecido.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó a raíz de la muerte de un subteniente del Ejército Nacional, quien actuaba como comandante de pelotón en una operación militar conjunta en una zona rural del municipio de Tierralta, Córdoba. Durante el cruce de un río, se presentó un accidente cuando un fusil de dotación oficial se disparó accidentalmente, impactando fatalmente al subteniente que supervisaba la maniobra. La demanda alegó que la muerte fue consecuencia de una falla en el servicio, atribuible exclusivamente al Ejército Nacional, y solicitó la indemnización por perjuicios materiales, morales y daño a la vida de relación para los familiares. Por su parte, la entidad demandada argumentó que el daño fue resultado del riesgo propio de la actividad militar y la conducta imprudente de la víctima. El Tribunal Administrativo de primera instancia accedió parcialmente a las pretensiones, reconociendo la responsabilidad estatal pero atribuyendo concurrencia de culpas debido a la imprudencia del subteniente al no revisar el armamento antes de ser asegurado para el cruce del río. En consecuencia, se redujo a la mitad la indemnización reclamada.Consideraciones de la Sala y fundamento principal de la decisión
La Sala de segunda instancia confirmó...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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