Consejo de Estado confirma nulidad de pretensiones sobre acta de liquidación bilateral en convenio ambiental del Valle del Cauca
Proviene de: Sentencias
9 de septiembre de 2025 15:36:58
Providencia judicial y contexto del caso
El 19 de agosto de 2025, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, Sección Tercera - Subsección B, emitió sentencia de segunda instancia en el expediente relacionado con controversias contractuales entre una corporación autónoma regional del Valle del Cauca y una fundación ambiental, con la intervención de una aseguradora solidaria. La decisión confirmó la sentencia previa del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, que negó la nulidad del acta de liquidación bilateral de un convenio ambiental. El convenio en cuestión, suscrito en 2011, tenía por objeto la siembra y mantenimiento de 100 hectáreas de guadua, 200 hectáreas de bosque protector productor y la construcción de aislamientos para proteger 632 hectáreas de bosques naturales. Tras la ejecución, las partes celebraron un acta de liquidación bilateral en diciembre de 2012, en la que declararon el cumplimiento total de las obligaciones y reconocieron un saldo a favor de la fundación demandada. Posteriormente, la corporación demandante presentó una auditoría interna que evidenció incumplimientos parciales en las metas pactadas, con porcentajes de cumplimiento entre el 93% y el 95%. Con base en esta situación, solicitó la nulidad del acta de liquidación y la restitución de dineros pagados por obligaciones no ejecutadas.Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
La corporación autónoma regional ejerció el medio de control judicial de controversias contractuales, alegando que el acta de liquidación contenía un error que viciaba el consentimiento y, en consecuencia, invalidaba el acto administrativo contenido en el acta. Sin embargo, el Tribunal Administrativo y luego el Consejo de Estado concluyeron que la liquidación bilateral...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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