Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma sanción por incumplimiento profesional a abogado en segunda instancia
Proviene de: Sentencias
9 de septiembre de 2025 15:41:13
Providencia de segunda instancia y competencia
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, como órgano de cierre de los procesos disciplinarios en materia judicial y de abogados en Colombia, conoció y decidió sobre el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia dictada por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá. Esta última había sancionado al abogado investigado con suspensión por cuatro meses, debido a la inobservancia del deber profesional consagrado en el numeral 10 del artículo 28 de la Ley 1123 de 2007, en relación con la falta descrita en el numeral 1 del artículo 37 de la misma norma.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso disciplinario se originó tras la presentación de una queja por parte del representante legal de una firma de abogados contra el profesional en mención, por supuesta negligencia en el ejercicio de sus funciones contractuales. El abogado había sido vinculado a dicha firma como litigante y recibió mandatos para representar judicialmente a varios clientes en asuntos como acciones de petición de herencia y procesos de insolvencia. Sin embargo, se evidenció que el profesional no realizó las gestiones jurídicas necesarias para iniciar ni dar curso efectivo a varios procesos, manteniendo a los clientes en incertidumbre mediante comunicaciones evasivas. Además, se denunció que efectuó cobros directos a clientes por supuestos trámites judiciales sin que los recursos ingresaran al patrimonio de la firma, sin aportar soporte documental que justificara dichos cobros. Ante la inactividad y falta de respuesta, se suscribió un acta de compromisos que el abogado incumplió, y posteriormente cortó toda comunicación con los clientes y la firma. Durante...Más noticias sobre Derecho Privado
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