Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma sanción a abogado por incumplimiento en gestión de sucesión hereditaria
Proviene de: Sentencias
9 de septiembre de 2025 15:46:53
Providencia y tribunal que la profiere
La decisión corresponde a una sentencia de segunda instancia proferida por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en ejercicio de la competencia asignada por el artículo 257A de la Constitución Política de Colombia. La providencia resuelve el recurso de apelación interpuesto por el abogado sancionado contra la sentencia inicial dictada por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Huila.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso disciplinario se originó a partir de una queja presentada por un grupo familiar que contrató al abogado para adelantar un proceso de sucesión por una herencia relacionada con un bien inmueble denominado “La Soledad”, ubicado en la vereda Normandía del corregimiento del Caguán, jurisdicción de Neiva, Huila. El abogado recibió una suma de dinero como anticipo de honorarios para iniciar el trámite sucesorio. Sin embargo, según las quejosas, no se evidenció gestión alguna para iniciar la sucesión ni la acción judicial correspondiente de petición de herencia, lo cual generó la contratación de otro profesional para continuar el proceso. Durante el trámite disciplinario, se constató que el abogado adelantó otras actuaciones relacionadas con querellas policivas, procesos ante la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM) y denuncias ante la Fiscalía, pero ninguna dirigidas a cumplir con el encargo específico de iniciar o proseguir la acción sucesoria o de petición de herencia encomendada. En primera instancia, la Comisión Seccional del Huila declaró responsable disciplinariamente al abogado por incumplimiento del deber establecido en el numeral 10 del artículo 28 de la Ley 1123 de 2007 y por incurrir en falta descrita en el artículo 37, numeral 1° de...Más noticias sobre Derecho Privado
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