Consejo de Estado acepta impedimento de magistrado en proceso ejecutivo relacionado con laudos arbitrales
Proviene de: Sentencias
10 de septiembre de 2025 17:26:25
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en la Subsección A de la Sección Tercera, correspondiente a la máxima instancia en materia administrativa. La decisión versa sobre un proceso ejecutivo cuya base es un laudo arbitral dictado para resolver controversias entre una entidad pública y un consorcio privado.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso ejecutivo ingresó inicialmente al despacho de un magistrado, quien remitió el caso a otro magistrado alegando conexidad con un proceso previo relacionado con el mismo laudo arbitral. Posteriormente, este segundo magistrado se declaró incompetente y propuso un conflicto negativo de competencia, argumentando que el proceso ejecutivo no constituye una instancia adicional del arbitraje.
Un tercer magistrado resolvió el conflicto negativo, confirmando que el magistrado inicial era competente para conocer el caso, dado que el criterio de conexidad aplicaba exclusivamente a la ejecución de condenas o conciliaciones judiciales, no a la ejecución de laudos arbitrales.
En desarrollo del proceso, la parte ejecutante recusó al magistrado competente invocando el numeral 12 del artículo 141 del Código General del Proceso (CGP), que establece causales de impedimento para garantizar imparcialidad. El magistrado manifestó igualmente su impedimento, basándose en la misma causal y en circunstancias previas en las que ya había sido separado de conocimiento de un recurso extraordinario de anulación contra el mismo laudo arbitral.
Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala recordó que el proceso ejecutivo tiene como título un laudo arbitral proferido en marzo de 2020, cuya anulación fue objeto de recurso extraordinario resuelto anteriormente. En esa...
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