Consejo de Estado niega nulidad por notificación electrónica en proceso contra Universidad del Cauca
Proviene de: Sentencias
10 de septiembre de 2025 17:30:47
Contexto y antecedentes del proceso
El Consejo de Estado, en primera instancia, atendió un medio de control de nulidad promovido por la Universidad del Cauca, que buscaba la anulación de una resolución, un acta de grado y un diploma expedidos en 2016. La demanda fue admitida mediante auto en julio de 2022 y se notificó a un tercero con interés directo en el proceso, quien a su vez solicitó la nulidad total del procedimiento aduciendo irregularidades en las notificaciones electrónicas. El tercero alegó que no fue notificado en su correo electrónico personal correcto y que las notificaciones se enviaron a un correo diferente, lo que supuestamente vulneró su derecho al debido proceso, impidiéndole ejercer oportunamente la defensa y el derecho de contradicción. Además, señaló la falta de designación de un curador que representara sus intereses durante el proceso.Consideraciones jurídicas del auto
El auto, proferido por el despacho ponente de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo, analizó los argumentos bajo el marco normativo vigente. Se recordó que, según los artículos 196 a 200 de la Ley 1437 de 2011 y los decretos reglamentarios, las notificaciones en procesos judiciales pueden realizarse por medios electrónicos y se consideran personales cuando se efectúan en el buzón de correo electrónico informado por las partes. Asimismo, el Decreto 806 de 2020 establece que la demanda debe indicar el canal digital para notificaciones, y que estas pueden efectuarse mediante mensaje de datos a la dirección electrónica suministrada por el interesado. En el caso examinado, la Universidad del Cauca informó expresamente en la demanda dos direcciones de correo...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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