Consejo de Estado avoca conocimiento y remite proceso sobre prima especial de servicios al Tribunal Administrativo
Proviene de: Sentencias
10 de septiembre de 2025 17:33:56
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en su Segunda Sección - Subsección B, instancia encargada de conocer recursos en materia administrativa. El auto responde a un proceso iniciado mediante demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada contra decretos y resoluciones que fijaron el régimen salarial y prestacional de los servidores de la Fiscalía General de la Nación entre 1993 y 2017.Antecedentes fácticos y procesales
El demandante impugnó parcialmente los decretos expedidos por el Gobierno Nacional que regulaban el régimen salarial y prestacional de los servidores de la Fiscalía General, así como una resolución particular de noviembre de 2017. En sus pretensiones solicitó, entre otros aspectos, el pago de la prima especial de servicios establecida en el artículo 14 de la Ley 4ª de 1992 y la reliquidación de otros factores salariales. En diciembre de 2019, mediante auto, un conjuez admitió la demanda de nulidad contra los decretos y escindió la demanda relativa a la resolución y restablecimiento del derecho, remitiéndola al Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Posteriormente, debido a cambios en la integración de la Subsección B y conforme a lo dispuesto en el artículo 116 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), el Consejo de Estado avocó conocimiento del proceso.Consideraciones jurídicas de la providencia
El despacho examinó el objeto del litigio y concluyó que las pretensiones del demandante no buscan discutir en abstracto la legalidad o constitucionalidad de los decretos salariales, sino obtener una reparación por presuntos daños a sus derechos subjetivos. En consecuencia, determinó que...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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