Consejo de Estado niega nulidad en incidente sobre acumulación de procesos en nulidad electoral
Proviene de: Sentencias
10 de septiembre de 2025 17:41:36
Contexto y competencia del tribunal
El auto fue proferido por la Sección Quinta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en única instancia, conforme a la competencia establecida en el numeral 4 del artículo 149 de la Ley 1437 de 2011, modificado por la Ley 2080 de 2021. La magistrada ponente dictó la decisión interlocutoria que resuelve un incidente de nulidad presentado en un proceso de nulidad electoral.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso tiene como objeto la nulidad electoral de un acto de elección. Previamente, mediante auto del 5 de agosto de 2025, se dispuso impartir el trámite de sentencia anticipada, decisión que fue recurrida sin éxito. Posteriormente, el demandado presentó un incidente de nulidad para que se dejara sin efectos dicho auto, argumentando que no debía continuar el trámite hasta que se estudiara la acumulación de una nueva demanda de nulidad radicada el 29 de agosto de 2025 contra la misma elección. En su solicitud, el demandado pidió que el expediente permaneciera en secretaría para proceder a la acumulación de procesos, o en subsidio, que se declarara la nulidad del auto que negó excepciones, decretó pruebas y fijó el litigio. El coadyuvante del proceso se pronunció en contra de la procedencia de esta solicitud, señalando que no se ajusta a los supuestos del artículo 133 del Código General del Proceso.Análisis de la providencia y fundamentos jurídicos
El Consejo de Estado recordó que el artículo 282 de la Ley 1437 de 2011 establece que los procesos de nulidad electoral contra un mismo nombramiento o elección deben resolverse en una sola sentencia cuando se...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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