Consejo de Estado ordena trámite adecuado para recurso de queja en caso de nulidad de ordenanza ambiental en Caquetá
Proviene de: Sentencias
10 de septiembre de 2025 17:46:3
Contexto procesal y antecedentes
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado conoció un auto emitido por el Tribunal Administrativo del Caquetá, que rechazó por extemporáneo un recurso de apelación interpuesto por un ciudadano en contra de la sentencia que negó la nulidad de la ordenanza 007 de abril de 2020. Esta ordenanza buscaba fomentar la siembra de árboles frutales en antejardines y zonas verdes públicas del sector urbano del departamento, como estrategia de sostenibilidad ambiental y alimentaria. El demandante promovió inicialmente la acción de nulidad contra la Gobernación y la Asamblea Departamental del Caquetá, argumentando que la ordenanza y el decreto que convocó a sesiones extraordinarias para su aprobación vulneraban la Constitución y excedían las competencias de la Asamblea Departamental. El Tribunal Administrativo local, en sentencia de noviembre de 2024, negó dichas pretensiones y notificó debidamente la decisión a las partes. Posteriormente, el ciudadano interpuso recurso de apelación fuera del término legal establecido, lo que motivó el rechazo de dicho recurso por parte del Tribunal el 31 de marzo de 2025. Ante esta situación, el recurrente presentó un recurso de queja ante el Consejo de Estado, alegando que el recurso de apelación fue enviado dentro del plazo, con soporte probatorio de la fecha de envío.Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado examinó la procedencia y trámite del recurso de queja conforme a los artículos 245 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y 353 del Código General del Proceso (CGP). El artículo 245 del CPACA establece que el recurso de queja debe interponerse ante el...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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