Consejo de Estado confirma legalidad en liquidación oficial de renta 2015 y validez de notificaciones tributarias
Proviene de: Sentencias
10 de septiembre de 2025 17:55:44
Contexto y alcance de la decisión judicial
La Sala Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado resolvió un recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo del Huila que negó las pretensiones de nulidad y restablecimiento del derecho solicitadas por una sociedad comercial en relación con la liquidación oficial de revisión del impuesto sobre la renta para el año gravable 2015. La decisión se refiere a la legalidad de los actos administrativos emitidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y analiza la firmeza de la declaración privada, la notificación del requerimiento especial y la valoración probatoria de una adición de ingresos cuestionada.Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante presentó inicialmente su declaración de renta por el año 2015, con ingresos declarados por aproximadamente $704 millones, y posteriormente corrigió la declaración en 2018. La DIAN, tras efectuar un requerimiento especial y una inspección tributaria, profirió una liquidación oficial de revisión que adicionó ingresos por cerca de $254 millones, elevando la base gravable y aplicando sanciones por inexactitud. La sociedad impugnó estas actuaciones alegando prescripción del término para que la autoridad tributaria modificara la liquidación privada, irregularidades en la notificación de la liquidación oficial y la improcedencia de la adición de ingresos basada en una factura anulada contablemente.Consideraciones principales del Consejo de Estado
La Sala confirmó que el requerimiento especial fue notificado dentro del plazo legal, teniendo en cuenta la suspensión del término de notificación debido a la práctica de la inspección tributaria, conforme a los artículos 705 y 706 del Estatuto Tributario (ET). Se destacó que la...Más noticias sobre Derecho Tributario
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