Consejo de Estado confirma nulidad de ordenanza en La Guajira y niega adición a sentencia sobre contrato societario de ESEPGUA
Proviene de: Sentencias
10 de septiembre de 2025 17:56:50
Providencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo - Sección Tercera, Subsección A, emitió un auto el 1 de septiembre de 2025, en segunda instancia, sobre un proceso de nulidad acumulado con controversias contractuales contra el Departamento de La Guajira y otros. La decisión se refiere a la solicitud de adición a una sentencia previa, dictada el 11 de julio de 2025, mediante la cual se modificó una providencia del Tribunal Administrativo de La Guajira respecto a la ordenanza No. 524 de 2020.
Antecedentes fácticos y procesales
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de La Guajira declaró la nulidad de la ordenanza mencionada, emitida por la Asamblea Departamental, por vicios en su trámite. La Procuraduría General de la Nación promovió la acción de nulidad, sustentando que la ordenanza se expidió con irregularidades y sin competencia, lo cual afectaría la constitución válida de la empresa de servicios públicos ESEPGUA S.A. E.S.P., constituida mediante escritura pública No. 1022 de diciembre de 2020.
En segunda instancia, el Consejo de Estado confirmó la nulidad de la ordenanza pero negó la nulidad del contrato de sociedad que dio origen a la empresa, argumentando que la nulidad afecta sólo al asociado incompetente —el departamento— y no a la sociedad en su conjunto, debido a la participación de otros seis municipios que garantizan el número mínimo de socios conforme al Código de Comercio.
Posteriormente, la Procuraduría solicitó la adición de la sentencia para que se pronunciara expresamente sobre un cargo omitido: la supuesta incompetencia del Gobernador para...
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