Consejo de Estado ordena traslado para resolver conflicto de competencia en acción popular contra entidad pública
Proviene de: Sentencias
10 de septiembre de 2025 17:57:52
Contexto y tribunal que profiere la providencia
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, que actúa como máximo tribunal en materia administrativa en Colombia. Se trata de un auto, es decir, una decisión judicial interlocutoria que resuelve un incidente procesal, en este caso un conflicto de competencia. El expediente corresponde a un proceso instaurado mediante acción popular contra entidades públicas del sector defensa y ambiental, y la providencia busca definir cuál es el tribunal competente para conocer del proceso.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso fue iniciado contra el Ministerio de Defensa Nacional, el Ejército Nacional - Batallón de Ingenieros No. 28, y la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía, en ejercicio de una acción popular para la protección de derechos e intereses colectivos. La Ley 472 de 1998 establece que cuando el extremo pasivo del litigio involucra a una entidad pública, la jurisdicción contencioso administrativa es competente para conocer de estas acciones. No obstante, surgió un conflicto de competencia entre los jueces y tribunales administrativos, situación no prevista expresamente en la Ley 472 de 1998. Por ello, el Consejo de Estado se remitió a las normas generales contenidas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que en su artículo 158 regula el procedimiento para resolver estos conflictos.Consideraciones jurídicas y razón principal de la decisión
El Consejo de Estado recordó que en ausencia de regulación específica en la Ley 472 de 1998 para los conflictos de competencia entre órganos administrativos, debe aplicarse el artículo 158 del CPACA. Esta norma establece que...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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