Consejo de Estado confirma sanción por inexactitud en declaración de renta 2012
Proviene de: Sentencias
10 de septiembre de 2025 18:1:38
Providencia judicial en segunda instancia
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, emitió sentencia de segunda instancia el 4 de septiembre de 2025, en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado contra actos administrativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La providencia resuelve el recurso de apelación interpuesto por ambas partes frente a la decisión del Tribunal Administrativo de Santander, que inicialmente negó las pretensiones del demandante sin condena en costas.Antecedentes del caso
El contribuyente presentó su declaración de renta correspondiente al año gravable 2012, con activos fijos, pasivos, costos de venta y renta líquida gravable declarados. La DIAN, tras una revisión administrativa, emitió una liquidación oficial en la que modificó la declaración original para adicionar activos omitidos por un valor millonario, desconocer pasivos declarados y rechazar ciertos costos de venta. Como resultado, se incrementó sustancialmente la base gravable del impuesto a cargo y se impuso una sanción por inexactitud. El contribuyente interpuso recurso de reconsideración, logrando una reducción en la sanción, pero manteniendo un saldo a pagar considerable. Posteriormente, se presentó demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, alegando vulneración de derechos constitucionales y legales, así como una diferencia de criterios respecto a la aplicación de la norma tributaria.Consideraciones de la Sala sobre activos y pasivos
La Sala analizó si procedía la inclusión de activos omitidos y el reconocimiento de pasivos declarados. En cuanto a los activos, se confirmó que el contribuyente omitió declarar vehículos de carga adquiridos en años anteriores en el extranjero, sin aportar prueba del valor real de adquisición....Más noticias sobre Derecho tributario
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