Consejo de Estado propicia conflicto negativo de jurisdicciones sobre contrato de seguro de cumplimiento en proceso entre entidad pública y aseguradora
Proviene de: Sentencias
10 de septiembre de 2025 18:2:5
Providencia y tribunal que la profiere
La providencia es un auto proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A, del Consejo de Estado, instancia de revisión sobre medios de control en controversias contractuales. La decisión fue adoptada el 3 de septiembre de 2025 y responde a un conflicto negativo de jurisdicciones planteado tras el rechazo de competencia por parte de la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción contencioso administrativa.Antecedentes fácticos y procesales
Una sociedad de economía mixta de carácter comercial, vinculada al Estado, inició en mayo de 2017 un proceso verbal de responsabilidad civil contractual contra una compañía aseguradora. La demanda pretendía que se declarara la ocurrencia de un siniestro amparado por una póliza de seguro de cumplimiento expedida por la aseguradora a favor de la entidad pública, derivado del incumplimiento de un contrato estatal celebrado con un contratista privado para la prestación de servicios sísmicos. El juzgado civil de circuito de Bogotá rechazó la demanda por falta de jurisdicción y remitió el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que a su vez lo declaró incompetente por falta de competencia territorial y envió el caso al Tribunal Administrativo de Santander. Este tribunal profirió sentencia anticipada declarando la caducidad del medio de control, decisión que fue apelada y admitida para revisión por el Consejo de Estado.Consideraciones jurídicas y razón principal de la decisión
La Sala examinó si el proceso debía tramitarse ante la jurisdicción contencioso administrativa o la jurisdicción ordinaria civil, tomando como base el artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, que regula la competencia según criterios orgánicos (naturaleza de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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