Consejo de Estado niega nulidad en proceso sobre derechos colectivos en asentamiento de Floridablanca
Proviene de: Sentencias
10 de septiembre de 2025 18:2:26
Contexto y tribunal competente
El Consejo de Estado, máxima instancia en lo contencioso administrativo, a través de su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, emitió un auto en respuesta a una solicitud de nulidad relativa a un proceso de protección de derechos colectivos. La providencia fue firmada por el magistrado ponente el 2 de septiembre de 2025.Antecedentes del proceso
La controversia se originó en un medio de control dirigido a salvaguardar los derechos e intereses colectivos de los habitantes de un asentamiento denominado Barrio Chico, ubicado en Floridablanca. Un grupo de pobladores del asentamiento solicitó la nulidad de todo lo actuado en el proceso, argumentando que su comunidad no fue incluida en la primera instancia, y que por ende, resultaban perjudicados. Tras la presentación de esta solicitud, el tribunal corrió traslado a las partes interesadas, incluyendo al Ministerio Público, para que rindieran concepto sobre la procedencia de la nulidad.Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
En el análisis, el Consejo de Estado recordó que, conforme al artículo 12 de la Ley 472 de 1998, cualquier persona puede ejercer acciones que protejan derechos colectivos. Asimismo, el artículo 21 de la misma ley establece que, tras la admisión de la demanda, se debe notificar personalmente a los demandados y publicar información en medios masivos para informar a la comunidad afectada. El tribunal verificó que, en el caso concreto, la demanda fue admitida mediante auto del 18 de julio de 2018, y que la notificación a la comunidad se realizó oportunamente, de conformidad con lo exigido por la norma. El Ministerio Público indicó que la solicitud de nulidad...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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