Consejo de Estado admite recurso de apelación en proceso de pérdida de investidura de concejal de Santander
Proviene de: Sentencias
10 de septiembre de 2025 18:3:45
Tribunal y naturaleza de la providencia
La providencia en análisis corresponde a un auto interlocutorio proferido por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, máxima instancia en materia de pérdida de investidura en Colombia. Este auto resuelve sobre la admisión y traslado del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia del Tribunal Administrativo de Santander, emitida el 9 de julio de 2025.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se origina por la solicitud de pérdida de investidura contra un concejal del municipio de Oiba, Santander, correspondiente al periodo 2024-2027. La sentencia de primera instancia, dictada por el Tribunal Administrativo de Santander, negó la pérdida de investidura. Contra esta decisión, el actor presentó recurso de apelación dentro del término legal establecido.Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El Consejo de Estado admitió el recurso de apelación al verificar que fue sustentado oportunamente y cumplió con los requisitos legales establecidos en el artículo 141 de la Ley 1881 de 2018, en concordancia con el artículo 223 de la misma norma. La Ley 1881 de 2018 regula el procedimiento para la pérdida de investidura, estableciendo la doble instancia y los términos para la interposición y sustentación de recursos. Específicamente, el artículo 14 de esta ley determina que el recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia debe interponerse y sustentarse ante la Sala Especial de Decisión de Pérdida de Investidura dentro de los diez días siguientes a la notificación. Además, el auto admisorio debe disponer el traslado del expediente al Secretario General del Consejo de Estado, quien...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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