Consejo de Estado aclara competencia por conexidad en procesos ejecutivos contra la Nación
Proviene de: Sentencias
10 de septiembre de 2025 18:5:52
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A del Consejo de Estado, profirió un auto en el marco de un proceso ejecutivo instaurado contra la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional. La providencia tiene carácter interlocutorio y se refiere a la competencia para conocer de un recurso de apelación en segunda instancia dentro de un proceso de ejecución de sentencia.Antecedentes fácticos y procesales
La controversia se originó con la demanda ejecutiva interpuesta por varios demandantes contra la Nación, con el fin de obtener el pago de sumas ordenadas en una sentencia de segunda instancia emitida en 2016 por la Sección Tercera del Consejo de Estado. El Tribunal Administrativo del Valle del Cauca libró mandamiento de pago y posteriormente profirió sentencia en primera instancia en la que declaró probada la excepción de pago total y ordenó el levantamiento de medidas de embargo. Contra esta decisión, la parte demandante interpuso recurso de apelación. El Consejo de Estado concedió dicho recurso y, mediante la providencia objeto de análisis, procedió a revisar la competencia para conocer del proceso en segundo grado.Consideraciones jurídicas sobre la competencia
El auto reitera la importancia del criterio de competencia por conexidad previsto en el artículo 152.6 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), según el cual el Tribunal Administrativo debe tramitar y decidir la ejecución de condenas impuestas en procesos que haya conocido, independientemente de la cuantía. Asimismo, se cita el artículo 298 del CPACA, modificado por la Ley 2080 de 2021, que establece que, una vez vencidos los términos...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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