Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios modifica cronograma para reporte de información en el sector de aseo
Proviene de: Resoluciones
11 de septiembre de 2025 17:14:1
Entidad emisora y contexto normativo
La resolución en cuestión fue emitida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) el 4 de septiembre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.239 el 10 de septiembre de 2025. Esta entidad es la encargada, conforme a sus facultades legales conferidas en la Ley 142 de 1994, la Ley 689 de 2001, la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 1369 de 2020, de regular, controlar y supervisar los servicios públicos domiciliarios en Colombia, incluyendo la administración del Sistema Único de Información (SUI).
Tema principal y destinatarios
El asunto central de la Resolución SSPD-20251000437775 es la modificación del cronograma para el reporte de información retroactiva que deben entregar los prestadores del servicio público de aseo. Estos prestadores tienen la obligación de reportar datos al SUI, sistema que consolida información relevante para la supervisión, control y análisis de los servicios públicos. El grupo destinatario principal son, por tanto, los prestadores de servicios de aseo regulados por la Resolución CRA 853 de 2018 y sus modificaciones.
Objetivo y finalidad de la resolución
El propósito de esta resolución es ajustar los plazos para el reporte de información retroactiva correspondiente a los años 2018 a 2023, que originalmente debían entregarse a más tardar el 30 de junio de 2025. Esta modificación busca atender las dificultades planteadas por los prestadores en cumplir con dichos términos, facilitando el cumplimiento de sus obligaciones y asegurando la integridad y oportunidad de la información que alimenta el SUI.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución establece una modificación expresa en el cronograma de reporte establecido en el Anexo...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.