Contexto y entidad emisora
El proyecto de decreto, anunciado en 2025 por el Ministerio de Salud y Protección Social, buscaría adoptar el Plan Maestro de Inversiones en Infraestructura y Dotación en Salud Nacional (PMIDSN). Este proyecto modificaría y complementaría disposiciones relacionadas con la infraestructura hospitalaria y dotación biomédica, en desarrollo de la Ley 2294 de 2023, que a su vez modifica el artículo 65 de la Ley 715 de 2001. La iniciativa se apoyaría en facultades constitucionales y legales conferidas al Presidente de la República, en particular en el numeral 3 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 164 de la Ley 2294 de 2023.
Tema principal y propósito del proyecto
El proyecto de decreto tendría como propósito general fortalecer el acceso y la capacidad instalada de la red pública de prestadores de servicios de salud en Colombia. Esto se realizaría mediante la recuperación, modernización, ampliación, adecuación, remodelación, reforzamiento y reposición de infraestructura, así como la adquisición de dotación biomédica, equipamiento fijo, unidades móviles, transporte y tecnologías de información y comunicaciones en las sedes de prestadores públicos. El enfoque estaría dirigido a reducir brechas territoriales y sociales, atendiendo a las necesidades de individuos, familias y comunidades en el contexto geográfico, social, cultural y económico del país.
Modificaciones y medidas específicas contempladas
El plan se estructuraría en varios anexos y documentos técnicos con iniciativas y acciones orientadoras para la planificación, diseño y operación de infraestructura en salud, incluyendo la implementación progresiva de la metodología BIM (Building Information Modeling) para mejorar la gestión de proyectos.
Las disposiciones serían aplicables a departamentos y distritos, excluyendo las inversiones públicas en salud de los regímenes de excepción previstos en la Ley 100 de 1993.
Entre las estrategias propuestas se encontrarían:
- Equidad social y territorial: Fortalecimiento y construcción de sedes hospitalarias públicas en zonas urbanas y rurales, con especial atención a la cobertura en municipios y áreas con baja oferta.
- Accesibilidad: Ubicación estratégica de sedes para reducir tiempos de desplazamiento, implementación de infraestructuras móviles, mejora del transporte asistencial multimodal y fortalecimiento de la conectividad digital para telesalud.
- Reconocimiento y articulación intersectorial: Adaptación de servicios a condiciones poblacionales, cumplimiento de compromisos con grupos poblacionales y coordinación con otros sectores sociales.
- Sostenibilidad ambiental y adaptación al cambio climático: Mejoras arquitectónicas y ambientales, renovación tecnológica, medidas de mitigación de riesgos y aseguramiento de accesibilidad universal y seguridad en edificaciones.
- Longitudinalidad y continuidad: Creación de sistemas de información geográfica para consulta ciudadana y canales para propuestas de mejora de la oferta.
- Gobernanza y gobernabilidad: Revisión de procesos de generación de información, participación de sectores privados y multilaterales, creación de sistemas de información de proyectos y empleo de soluciones innovadoras de contratación pública.
Además, se establecerían estándares para la estimación de necesidades en infraestructura, dotación biomédica, transporte asistencial y conectividad para telesalud, con metas específicas de corto, mediano y largo plazo para la implementación de proyectos en todo el territorio nacional.
Participación de actores clave
La implementación del PMIDSN se coordinaría principalmente entre el Ministerio de Salud y Protección Social y las entidades territoriales como departamentos y distritos, en el marco de las competencias establecidas en la Ley 715 de 2001. Asimismo, se incentivaría la participación de otros sectores, incluyendo el privado, banca multilateral y organizaciones no gubernamentales, para mejorar la financiación y ejecución de proyectos.
Información adicional y participación ciudadana
El proyecto contemplaría la divulgación del PMIDSN a la ciudadanía mediante espacios de socialización y diversos medios de comunicación, a cargo del Ministerio de Salud y Protección Social. Se promovería la comunicación clara y suficiente para facilitar el acceso a la información. No se especifica en el texto el mecanismo o periodo para la recepción de comentarios ciudadanos sobre este proyecto, pero se prevé la creación de canales para que la ciudadanía presente propuestas de localización, mejora o adaptación de la oferta de servicios de salud.
Vigencia y disposiciones finales
El plan tendría una vigencia de diez años, con el primer PMIDSN vigente aproximadamente seis años a partir de 2025, sincronizado con el Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031. Durante este periodo, se contemplarían plazos de ejecución en corto, mediano y largo plazo para los diferentes proyectos.
El proyecto también establecería mecanismos técnicos para la priorización de recursos, parametrización de proyectos para facilitar su viabilización, y reglamentaciones específicas que deberían ser expedidas dentro de plazos estipulados tras la entrada en vigor del decreto.
En resumen, este proyecto de decreto buscaría proporcionar un marco integral para la inversión en infraestructura y dotación en el sector salud público, con el fin de garantizar el derecho fundamental a la salud en Colombia bajo criterios de equidad, accesibilidad, sostenibilidad y gobernanza, contribuyendo así al fortalecimiento del sistema de salud nacional y al bienestar de la población.