Corte Suprema de Justicia define competencia en demanda ejecutiva del Banco Agrario de Colombia S.A.
Proviene de: Sentencias
12 de septiembre de 2025 22:39:57
Contexto y antecedentes del caso
La Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, decidió un conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Sotaquirá, Boyacá, y el Juzgado Cincuenta y Seis de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá. La controversia surgió en un proceso ejecutivo instaurado por el Banco Agrario de Colombia S.A., entidad de naturaleza jurídica como sociedad de economía mixta del orden nacional, contra dos personas naturales. La demanda solicitaba el libramiento de un mandamiento de pago basado en un pagaré. Inicialmente, la demanda fue asignada al Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Sotaquirá, Boyacá, con fundamento en el lugar de cumplimiento de la obligación. Sin embargo, este juzgado rechazó la demanda argumentando que, por la naturaleza jurídica del banco, el juez competente debía ser el del domicilio principal de la entidad en Bogotá, conforme al numeral 10 del artículo 28 del Código General del Proceso. Por su parte, el Juzgado Cincuenta y Seis de Pequeñas Causas de Bogotá declinó su competencia y planteó la colisión negativa, considerando que el lugar de cumplimiento correspondía a Sotaquirá, lugar donde existe una sucursal del banco.Consideraciones jurídicas principales
La Corte fundamentó su decisión en la naturaleza jurídica del Banco Agrario de Colombia S.A., que está sujeta al régimen de empresa industrial y comercial del Estado, y en la aplicación del fuero personal previsto en el numeral 10 del artículo 28 del Código General del Proceso. Este numeral establece que, en procesos contenciosos en los que sea parte una entidad descentralizada por servicios, la competencia corresponde al...Más noticias sobre Derecho Civil
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