Corte Suprema de Justicia declara prematura la admisión de recurso de casación en caso de unión marital de hecho
Proviene de: Sentencias
12 de septiembre de 2025 22:43:0
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial fue emitida por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en instancia de revisión extraordinaria. Se trata de un auto mediante el cual se resuelve sobre la admisión del recurso de casación interpuesto contra una sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta – Sala Civil Familia.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó con la presentación de una demanda para que se declarara la existencia de una unión marital de hecho y la sociedad patrimonial correspondiente, durante un periodo comprendido entre finales de 2016 y comienzos de 2023. En primera instancia, el juzgado de familia declaró la existencia de la unión marital y sociedad patrimonial desde junio de 2018 hasta enero de 2023. Contra esta decisión, únicamente la parte actora interpuso recurso de apelación.
En segunda instancia, el tribunal modificó parcialmente la sentencia, adelantando la fecha de inicio de la unión marital y sociedad patrimonial a febrero de 2017, confirmando en lo demás la decisión de primera instancia. Fue en esta ocasión cuando la demandada interpuso recurso de casación.
Consideraciones jurídicas de la Corte Suprema
El recurso de casación es un mecanismo extraordinario destinado a preservar la unidad e integridad del ordenamiento jurídico, garantizar la efectividad de los instrumentos internacionales, proteger garantías constitucionales, controlar la legalidad de las sentencias, unificar la jurisprudencia y reparar eventuales agravios sufridos por las partes.
Para su admisión, es indispensable cumplir estrictamente con los requisitos legales, entre ellos la verificación de la cuantía del interés para recurrir, conforme al artículo 338 del Código...
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