Corte Suprema inadmite recurso de casación en caso de traslado de régimen pensional de afiliado
Proviene de: Sentencias
12 de septiembre de 2025 22:55:57
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio del recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia proferida el 27 de agosto de 2024 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali. La controversia surge en el marco de un proceso ordinario laboral iniciado por un afiliado al sistema pensional contra varias administradoras de fondos de pensiones, incluyendo una entidad privada y la entidad pública encargada del Régimen de Prima Media con Prestación Definida.
Antecedentes del caso
El afiliado promovió demanda ordinaria para que se declarara la ineficacia de su traslado desde el Régimen de Prima Media con Prestación Definida al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). Solicitó que la entidad privada realizara el traslado de los dineros acumulados en su cuenta de ahorro individual, junto con sus rendimientos, hacia la entidad pública administradora del régimen anterior. El juzgado de primera instancia declaró no probadas las excepciones presentadas por las demandadas y confirmó la ineficacia del traslado, indicando que el afiliado nunca debió haber salido del régimen público. Ordenó que se restituyeran los fondos y se actualizaran las historias laborales, además de condenar a las administradoras privadas a devolver cotizaciones, gastos administrativos, primas de seguros y aportes al fondo de garantía de pensión mínima, debidamente indexados.
En segunda instancia, el tribunal añadió la obligación de devolver también los rendimientos financieros, bonos pensionales y cuentas de rezago si existieran, confirmando los demás aspectos de la sentencia inicial. La entidad privada interpuso recurso de casación, el cual...
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