Corte Suprema de Justicia confirma ineficacia de traslado de régimen pensional y niega recurso de casación a AFP Porvenir
Proviene de: Sentencias
12 de septiembre de 2025 22:56:43
Tribunal y contexto procesal
La decisión fue proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en segunda instancia, en ejercicio del control de legalidad sobre una sentencia dictada por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. El proceso se originó a partir de una demanda ordinaria laboral promovida por un afiliado contra varias administradoras de fondos de pensiones, incluyendo la recurrente, en la que se solicitaba la declaración de ineficacia del traslado de régimen pensional efectuado y la restitución del capital acumulado en su cuenta individual.Antecedentes fácticos y procesales
El afiliado solicitó que se declarara nulo su traslado desde el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (administrado por Colpensiones) al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, y que se ordenara a la AFP Porvenir S.A. transferir el capital acumulado, intereses y demás beneficios a Colpensiones. En primera instancia, el Juzgado Laboral ordenó declarar la ineficacia del traslado y condenó a la AFP y a otras administradoras a realizar los traslados respectivos sin deducciones por gastos administrativos o seguros previsionales. En segunda instancia, la Sala Laboral del Tribunal Superior confirmó y amplió la sentencia, incluyendo otros traslados realizados y ordenando la devolución de gastos y aportes indexados. Porvenir S.A. interpuso recurso extraordinario de casación contra esta decisión, que fue negado por el Tribunal Superior por considerar que la recurrente no acreditó el interés económico para recurrir, dado que el traslado no afecta su patrimonio sino el del afiliado. Ante esta negativa, Porvenir S.A. interpuso recurso de queja, que fue admitido para su análisis por...Más noticias sobre Derecho Laboral
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