La Corte Suprema de Justicia niega recurso de casación a administradora de fondos de pensiones en proceso laboral sobre traslado de régimen pensional
Proviene de: Sentencias
12 de septiembre de 2025 23:0:21
Contexto y tribunal que profiere la decisión
La providencia fue emitida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia, dentro de un proceso ordinario laboral. El litigio se originó en el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, que emitió una sentencia sobre el traslado de un afiliado del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD) al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS).Antecedentes fácticos y procesales
El afiliado promovió demanda ordinaria laboral contra la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFP) con el propósito de que se declarara la ineficacia de su traslado del RSPMPD al RAIS. Solicitó además la devolución y traslado a Colpensiones de los valores acumulados en su cuenta individual, con sus respectivos intereses y rendimientos financieros. El Juzgado Laboral de primera instancia declaró la ineficacia del traslado y ordenó que el afiliado se mantuviera vinculado al Régimen Solidario, condenando a la AFP a trasladar los valores acumulados a Colpensiones, incluidos los aportes, rendimientos y los valores recibidos para gastos de administración. En apelación, la Sala Laboral del Tribunal Superior modificó la sentencia, ordenando que la AFP debía efectuar el traslado de los valores de la cuenta individual junto con los rendimientos financieros, gastos de administración y otros conceptos, asumiendo dichos costos con recursos propios y presentando un detalle pormenorizado de los rubros. La AFP interpuso recurso de casación, el cual fue negado por el Tribunal con fundamento en que las sumas ordenadas a trasladar pertenecen al afiliado y no integran el patrimonio...Más noticias sobre Derecho Laboral
No se encontraron sugerencias