Corte Suprema de Justicia niega recurso de casación en proceso sobre traslado de régimen pensional
Proviene de: Sentencias
12 de septiembre de 2025 23:7:2
Contexto y tribunal de la decisión
La providencia objeto de análisis corresponde a un auto proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en segunda instancia, con radicación en proceso ordinario laboral. Este recurso de casación fue presentado contra la sentencia emitida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali en septiembre de 2024. La controversia gira en torno a un proceso promovido por un afiliado contra varias administradoras de fondos de pensiones y cesantías, entre ellas la demandada recurrente.Antecedentes fácticos y procesales
El afiliado interpuso demanda ordinaria laboral solicitando la declaración de ineficacia de su traslado del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD) al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). Además, pidió la devolución de los valores contenidos en su cuenta individual junto con los intereses y rendimientos financieros, incluyendo costas y agencias en derecho. El Juzgado Doce Laboral del Circuito de Cali, mediante sentencia de junio de 2023, declaró la ineficacia del traslado y ordenó que, para todos los efectos, se considerara que el afiliado permaneció vinculado al régimen solidario sin interrupción. También condenó a la administradora de fondos a trasladar a la entidad pública correspondiente los valores acumulados en la cuenta individual del afiliado, incluyendo capital, rendimientos y bonos pensionales. Además, se ordenó a las administradoras demandadas la devolución de gastos de administración, comisiones, aportes al Fondo de Garantía de Pensión Mínima, y primas de seguros previsionales, con cargo a sus utilidades y debidamente indexados. Al resolver los recursos de apelación interpuestos por las administradoras, la Sala Laboral...Más noticias sobre Derecho Laboral
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